Estructura Offshore Completa

La estructura que generalmente recomendamos a nuestros clientes es la estructura de entidad dual, que consiste de una Fundación de Interés Privado que mantiene la propiedad de una Sociedad Comercial Internacional.

Nosotros recomendamos la estructura de entidad dual porque provee la máxima protección de activos, anonimato, privacidad y conveniencia. La sociedad mantiene todos los activos más importantes como los negocios comerciales, bienes raíces, prropiedad intelectual, etc. y la fundación actúa como la tenedora de la sociedad, recibiendo las ganancias en la cuenta bancaria y en las cuentas de corretaje de la fundación.

Para entender el papel completo de la fundación de interés privado dentro de esta estructura, usted debe entender primero la composición de la fundación. La Fundación de Interés privado tiene cuatro miembros principales:

Fundador: El fundador es la persona o entidad que forma la fundación de interés privado en el registro público de Panamá. A menos que usted desee ser nombrado como fundador, nuestra firma generalmente ofrece el servicio de usar nuestro fundador nominado, y le suministra una carta de renuncia del fundador nominado, previamente firmada y sin fecha, inmediatamente después de la constitución de la fundación.

Consejo de Fundación: El consejo de fundación tiene la misma función para la fundación como la tienen los directores para una sociedad. Los nombres del consejo y sus números de pasaportes son registrados en el registro público cuando se constituye la fundación. Para proteger la privacidad de nuestros clientes, nosotros generalmente ofrecemos un consejo nominado, siempre suministrandoles las cartas de renuncia previamente firmadas, sin fecha del consejo nominado.

Protector: El Protector es el controlador máximo de la Fundación. Inmediatamente después que se constituye la fundación, el consejo nombra un Protector, a través de un Documento de Protectorado Privado y Notariado. Como el documento es privado, no es un documento públicamente registrado, el Protector permanece 100% anónimo. En este sentido, el Protector tiene el control total sobre la Fundación y sobre todos sus activos. El Protector generalmente firma y controla todas las cuentas bancarias que están a nombre de la fundación.

Beneficiarios: Los Beneficiarios son nombrados a través de la Carta de Manifestación de Voluntad, privada, la cual es escrita por el Protector. La carta de manifestación de voluntad es un documento privado, de tal manera que los beneficiarios permanecen 100% anónimos. La carta de manifestación de voluntad puede ser cambiada o modificada en cualquier momento, solamente por el Protector. La carta de voluntad es esencialmente lo mismo que un testamento en este caso de la fundación, que generalmente explica quiénes son los beneficiarios, los activos que posee y como éstos serán distribuidos a los beneficiarios y en que circunstancias (como muerte o incapacidad del Protector).

La Fundación es establecida para servir cuatro propósitos principales:

1. Le proporciona anonimato al actuar como entidad tenedora de su sociedad: Usando una fundación, usted puede evitar el uso de acciones al portador y/o acciones emitidas  a su nombre. La fundación de interés privado puede ser nombrada como tenedora en los certificados de acciones de una o más sociedades. Usted controla la fundación anónimamente a través del papel de Protectorado Privado. Como Protector, usted puede nombrar los beneficiarios a través de una carta de manifestación de voluntad privada (o de una manera más formal por medio de Estatutos). Como ambos, el Protector y los Beneficiarios son nombrados a través de documentos no públicos (privados), permanecen 100% anónimos y de manera confidencial.

2. Sirve como un vehículo de proteccion de activos para proteger sus bienes en toda la extención de la ley: Bajo la leyes panameñas los activos de las fundaciones son “no embargables” y “no secuestrables”, lo que significa que nadie puede congelar los activos o colocar gravámenes en los activos bajo ninguna circunstancia, lo que convierte a la fundación en el máximo vehículo para la proteccion de activos offshore.

3. Sirve como beneficiario a su sociedad al abrir cuentas bancarias: Hoy en día, debido al temor global al terrorismo, etc. la mayoría de las jurisdicciones consideras paraisos fiscales han implementado leyes que exigen a sus bancos obtener las “declaraciones de los beneficiarios” a la hora que las sociedades abran sus cuentas bancarias corporativas. Tenga presente que en la mayoría de las jurisdicciones, como Panamá, los bancos estan obligados a mantener esta información bajo estricta confidencialidad conforme a las leyes de secreto bancario que son estrictamente cumplidas. Sin embargo, si usted no desea firmar la declaración de beneficiario efectivo de la fundación al solicitar su cuenta bancaria corporativa, el Consejo Nominado de la fundación puede servir como beneficiario / accionista de la sociedad para propósitos declarativos.

4. Sirve como un vehículo testamentario para la distribución de sus activos a sus herederos: Las Fundaciones de Interés Privado en Panamá están específicamente diseñadas para cuidar, proteger y distribuir sus activos a sus beneficiarios ante un evento inesperado tales como su muerte o incapacidad. La carta de manifestación de voluntad de su fundación, escrita por el Protector, servirá como su “testamento”, detallando los activos de la fundación, lista de beneficiarios, y cómo y cuándo estos activos serán distribuidos a sus beneficiarios. Bajo las leyes  panameñas, a través de una fundación de interés privado sus herederos pueden recibir su herencia sin la protocolización del testamento, libre de impuestos sobre donaciones, impuestos sobre bienes, impuestos sobre herencia o retrasos judiciales.

5. Sirve como medio para facilitar la transferencia de fondos ‘Offshore’: la Fundación de Interés Privado puede recibir donaciones privadas y dar donaciones/becas, etc. a cualquiera persona que usted elija. Por lo tanto, usted en privado puede donar sus fondos a una fundación de interés privado.  A su vez, la fundación otorgar becas educativas, donaciones de caridad, etc. a cualquiera persona que elija. Sin embargo, tenga en cuenta  que la fundación no puede solicitar publicamente donaciones.

Nuestro Paquete completo de Estructura ‘Offshore’, por solo US$3,050, incluye lo siguiente:

1. Fundación de Interés Privado, completa con:

  • Acta de Constitución de la Fundación en Español, registrada en el Registro Público.
  • Traducción oficial al inglés del Acta de Constitución de la Fundación.
  • Cartas de renuncia del Consejo Nominado de la Fundación (opcional), sin fecha y previamente firmadas y notariadas.
  • Documento de Protectorado Privado notariado.
  • Poder General, notariado y apostillado.
  • Carta de Manifestación de Voluntad (le proporcionamos un borrador para que lo complete)
  • Asistencia legal para la apertura de cuenta de corretaje corporativa con tarjeta Débito opcional y acceso a Internet.
  • Recibo de Pago del Impuesto de Licencia Corporativa por el primer año.

2. Sociedad Comercial Internacional, completa con:

  • Acta Constitutiva de la Sociedad en Español, registrada en el Registro Público.
  • Traducción oficial al inglés del Acta Constitutiva de la Sociedad.
  • Carta de Renuncia de los Directores Nominados (opcional), sin fecha, notariada, previamente firmadas.
  • Primer Acta de la Junta Directiva, en donde los subscriptores nominados renuncian a sus derechos de tener una acción cada uno, y 100% de las acciones son emitidas.
  • Certificado de acciones de la sociedad, emitidas a nombre de su fundación.
  • Poder General, notariado y apostillado.
  • Asistencia para la apertura de cuenta de corretaje corporativa, con tarjeta Débito opcional y acceso a Internet.
  • Pago del Impuestos de la Licencia Corporativa por el primer año.

3. Asistencia para la apertura de Cuenta Bancaria Corporativa (ya sea a nombre de su sociedad o de su fundación):

  • Establecida a través de cualquiera de nuestros bancos correspondientes en Panamá, Andorra, Liechtenstein, Suiza, Antigua y Barbuda, Belice, Letonia o San Vincente.
  • Tarjetas Débito disponibles opcional.
  • Tarjetas de Crédito aseguradas disponibles opcional.
  • Banca en línea disponible.
  • Cuentas en moneda múltiple disponibles.

4. Contrato de Gerente General:

El Contrato entre usted y su sociedad (o fundación) documentando su papel como Gerente General (no como director, solamente como gerente). Le permite a usted recibir un salario y/o comisiones offshore, y justificar su ingreso. Lo justifica como firmante en las cuentas de la compañía (fundación), así como también el uso de la tarjeta débito y/o la chequera de la compañía para gastos del negocio, viajes, etc.

5. Servicio de Reenvío de correo, incluye:

- Casilla de Correo Corporativo en Panamá (P.O. Box), para recibir el correo postal para su sociedad o fundación.
- Dirección física en Panamá para recibir sus paquetes de “courier”.
- Servicio de re-envío vía correo normal, “courier”, fax, or como un documento adjunto “escaneado” al correo electrónico.

6. Servicio de Courier Incluído: Los documentos son enviados en 3 días por servicio de courier (FEDEX, DHL, UPS o TNT).

Para resumir, por tan sólo US$3,050, usted estará recibiendo todo lo siguiente:

  • Fundación Panameña (con el pago del impuesto del primer año de la licencia corporativa)
  • Sociedad Panameña (con el pago del impuesto del primer año de la licencia corporativa)
  • Asistencia para la apertura de 2 Cuentas de Corretaje Corporativas
  • Asistencia para la apertura 1 Cuenta Bancaria Corporativa
  • Contrato de Gerente General
  • Servicio de Reenvío de Correo
  • Entrega de documentos en 3 días por Servicio Courier