REGISTRO DE VEHICULO BAJO UNA ENTIDAD EN PANAMÁ
Si usted desea registrar un vehículo en Panamá, usted puede hacer a su nombre (lo cual no es aconsejable por muchas razones como anonimato, seguridad, responsabilidad, etc.) o a nombre de una entidad (Sociedad/Fundación).
El registro de la Entidad (Sociedad/Fundación) en el MUNICIPIO (que es el Instituto Gubernamental para registro de vehículos en Panamá) no es automático, esto significa que su entidad debe ser registrada primero ante el MUNICIPIO y luego usted puede registrar el Vehículo a nombre de la Entidad.
Procedimiento para Registro de la Entidad:
Una vez que la entidad (Fundación/Corporación) ha sido registrada en el Registro Público, el siguiente es el procedimiento que debe llevar a cabo para el registro ante el MUNICIPIO:
1. Procese la Licencia Comercial ante el Ministerio de Comercio (si su Entidad está haciendo negocios) o procese ante este Instituto Gubernamental (Ministerio de Comercio) una certificación que declare que su Entidad no está realizando negocios y por lo tanto no requiere Licencia Comercial. El trámite para conseguir estos documentos puede tomarle algunos días.
2. Procese ante el Ministerio de Economía y Finanzas, la obtención de un Paz y Salvo (Certificación del pago de Impuesto Corporativo).
3. Proceda al registro de su Entidad (Corporación/Fundación) ante el MUNICIPIO.
Una vez que la Entidad (Corporación/Fundación) está registrada ante el Municipio, usted puede entonces registrar el vehéculo bajo la Entidad (Corporación/Fundación).
El costo de registro de la Entidad ante el Municipio es de US$100.00
Si usted está importando un Vehículo, y usted desea registrar ese vehículo a nombre de su Entidad, usted debe informarnos con anticipación para proceder al registro de la Entidad ante el Municipio, y usted deberá manejar con las Autoridades de Aduana el proceso de importación del vehículo, pago de impuestos y liquidación de Aduanas.
