
Panama Offshore Legal Services puede asistirle con el procesamiento de una Visa para Trabajadores Eventuales en el campo Cultural, Deportivo o Educativo.
De conformidad con el Artículo 15 del Decreto Ley podrá solicitar esta visa la empresa contrate a un extranjero para laborar por una sola vez y que de manera temporal ingrese al territorio para realizar un trabajo técnico, del campo cultural, artístico, musical, deportivo, profesional, educativo o científico, específicamente en una empresa u obra determinada, por un término máximo de tres (3) meses no prorrogables. La empresa y el extranjero deben cumplir con los requisitos y responsabilidades que exijan el Servicio Nacional de Migración y el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
La empresa solicitante está obligada a cumplir con las disposiciones del Artículo 89 del Decreto Ley y demás normas contenidas en este reglamento.
El solicitante podrá solicitar esta visa cuando su estadía no sea inferior a (15) días calendarios, para lo cual deberá cumplir con las formalidades exigidas en el Artículo 28 del Decreto Ley, exceptuando los numerales 2 y 4 y aportar los siguientes documentos:
1. Solicitud para la Visa Temporal para Trabajadores en el campo Cultural, Deportivo o Educativo;
2. Tres (3) fotografías;
3. Copia del documento de identidad del país de origen o permiso de residencia;
4. Pago por servicio migratorio por el monto de cien dólares (US$100) a favor del Servicio Nacional de Migración de Panamá;
5. Permiso de trabajo;
6. Copia del tiquete electrónico pagado de regreso;
7. Comprobante de la reserva de hotel o del lugar de alojamiento;
8. Paz y salvo nacional de rentas de la empresa solicitante;
9. Paz y salvo de la Caja de Seguro Social de la empresa solicitante;
10. Carta de responsabilidad de la empresa;
11. Prueba de que puede pagar el impuesto sobre la renta correspondiente al valor del contrato de trabajo;
12. Depósito de Garantía, a cuenta de la empresa contratante, a favor del Servicio Nacional de Migración por la suma de doscientos cincuenta dólares (US$250.00).
Nota: en el caso de extensión de la visa para grupos de más de diez (10) extranjeros, el Depósito de Garantía será por la suma de Dos Mil Quinientos Dólares ($2,500) por el grupo a favor del Servicio Nacional de Migración de Panamá.
Para solicitar esta visa, cuando la estadía del extranjero vaya a ser inferior a (15) días calendarios, deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo anterior y con las formalidades exigidas en el Artículo 28 del Decreto Ley, exceptuando el numeral 2, 3 y 4.
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